Se dictó una resolución para frenar practicas abusivas a consumidores
Resolución 425/22. Prácticas que no pueden ejercerse durante la relación de consumo. ¿Cuales son y como denunciar?
Este medio se comunicó con Jimena Espinosa, subsecretaria de Comercio Interior y Defensa al Consumidor quien comentó que la Secretaria de Comercio Exterior de la nación establece, a través de la resolución 425/22, prácticas que no pueden ejercerse durante la relación de consumo, “estas tiene que ver con el cobro de las deudas, el algunas ocasiones esto se hacen muy tedioso para el consumidor, basado en eso y el trato digno que debe recibir el consumidor se establecieron estas cláusulas que los usuarios consideren que estas se están llevando a cabo por alguna empresa de cobranza, se puede denunciar”.
“Las empresas no nos pueden hacer llamadas telefónicas ni mensajes de texto, no pueden hacer cobros en los lugares de trabajo, familiares, vecinos. La deuda solo puede ser cobrada al titular de la misma. No se pueden realizar llamados luego de las 20:00 horas, el único horario es entre las 09:00 a 20:00 en días hábiles”.
Cabe recordar que existe una aplicación del gobierno de La Rioja donde se encuentra la parte de defensa al consumidor donde se pueden realizar todo tipo de denuncias. “Es importante que los usuarios denuncien para ir al foco del problema”.
