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La justicia condenó a un reincidente a 2 años de prisión efectiva -
Judiciales

La justicia condenó a un reincidente a 2 años de prisión efectiva

La justicia condenó a un reincidente a 2 años de prisión en el Servicio Penitenciario Provincial sin derecho a libertad condicional

En sala unipersonal de la Cámara Tercera en lo Criminal y Correccional de la Primera Circunscripción Judicial con sede en Capital, a cargo de la Jueza Dra. Karina Cabral, resolvió, mediante modalidad de juicio abreviado, declarar autor penalmente culpable y responsable a Maximiliano C. del delito de “Robo Calificado de vehículo estacionado en la Vía Pública, en Grado de Tentativa en Flagrancia”; y condenarlo a la pena de prisión de dos años de cumplimiento efectivo, en las instalaciones del Servicio Penitenciario Provincial hasta agotar la condena, sin derecho a libertad condicional.

En la misma línea, la Magistrada determinó declarar al condenado como reincidente por segunda vez, según artículo 50 del Código Penal.

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El hecho por el que se lo condenó, tuvo lugar el sábado 25 de Julio de 2.020, alrededor de las 22:50, en el B° San Nicolás de esta Capital, cuando Maximialiano C. rompió, con una ganzúa de metal, la traba del manubrio del tambor de arranque de una motocicleta Yamaha modelo Crypton 105cc que se encontraba estacionada, y al intentar empujarla, notó que tenía otra medida de seguridad, la cual consistía en un candado en el disco de freno, pero antes de quitarla, fue sorprendido por el damnificado y vecinos de la zona, quienes lograron su aprehensión, a pesar de que el condenado intentó defenderse con la ganzúa. Posteriormente y tras dar aviso al personal policial, fue trasladado por personal de Emergencias 107 para su atención médica.

Cabe señalar que, los juicios abreviados son solicitados por Fiscalía y se procede a ellos, siempre y cuando el imputado admite el hecho que se le atribuye, consiente la aplicación de este procedimiento, y la pena acordada no supera los seis (6) años de privación de libertad o se trate de otra especie de pena. Asimismo, debe contar con la aprobación de la parte querellante.

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