Se encuentra en vigencia la Moratoria 2020
Luis Aguilar director General de la DGIP detalló el Régimen Especial de Regularización de Deudas, Moratoria 2020 y horarios de atención
El Gobierno de la Provincia informa que da inicio al Régimen Especial de Regularización de Deudas, Moratoria 2020, con vigencia hasta el 31 de diciembre del corriente, comprendiendo obligaciones de deudas vencidas y exigibles.
En este marco, el director General de la DGIP, Luis Aguilar, en dialogo con Aire Fm explicó que, hasta el 31 de diciembre de 2020, podrán adherirse a esta moratoria mediante clave fiscal y que la misma incluye la deuda vencida al 30 de septiembre de 2020.
Asimismo, precisó que se contemplan impuestos sobre los Ingresos Brutos, inmobiliarios, Automotores y Acoplados, de Sellos y Tasa Administrativa (excepto de los agentes de recaudación y de los contribuyentes declarados en quiebra).
“La novedad es que por primera vez el tramite podrá hacerse de manera online, modalidad con la cual habrá grandes beneficios”, expresó.
Explicó así que el trámite podrá hacerse de forma online con clave CIU a través de la página web www.dgiplarioja.gob.ar
En tanto, quienes elijan dirigirse a las oficinas de la DGIP, con atención de 8:15 a 12:30 horas, deberán contar con un turno previo y acreditar su titularidad con DNI. Además deberán poseer domicilio fiscal electrónico, domicilio postal y número de teléfono.
Respecto al pago en sí, indicó que las formas y medios de pagos serán de contado y con planes de hasta 60 cuotas para deudas en sede administrativa y hasta 36 cuotas para deudas en sede judicial, para lo cual están habilitados como medios de pago el Banco Rioja, tarjetas de crédito Naranja en plan Z, Visa, MasterCard, Rápipago, Pago Fácil, Cobro Express, Mercadopago, Red Link, Red Banelco (Pago Mis Cuentas) y Riojita.
Y destacó que, por reciente convenio, quienes abonen con tarjeta Naranja común en plan Z en las cajas de la sede de la DGIP, (No en rapipagos ni similares), accederán a un descuento extra del 10%, sin tope de montos.
Finalmente, mencionó que la caducidad y pérdida del beneficio procederá ante la falta de pago de 5 cuotas vencidas consecutivas o alternadas, o habiendo transcurrido 30 días desde la fecha de vencimiento de la última cuota del plan otorgado.
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