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La Corte Suprema dejó firme la condena por corrupción contra Cristina Fernández de Kirchner

La CSJN dejó la condena firme contra la ex presidenta de la Nación, por administración fraudulenta por 51 licitaciones de obra pública, el fallo también involucra a Lázaro Baez

La Corte Suprema de Justicia de la Nación desestimó este martes 10 de junio el último recurso interpuesto por la defensa de Cristina Fernández de Kirchner, en el marco de la causa por corrupción vinculada a la adjudicación de 51 obras públicas en la provincia de Santa Cruz durante sus mandatos presidenciales. De esta forma, quedó firme su condena a seis años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos.

La ex presidenta había sido condenada por el delito de administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública, en beneficio de las empresas de Lázaro Báez, quien también fue condenado. La decisión fue confirmada por la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal y, ahora, ratificada por la Corte Suprema al rechazar el recurso de queja presentado por la defensa.

La Corte consideró que el planteo no cumplía con los requisitos formales y sustanciales que exige la vía extraordinaria prevista en el artículo 14 de la Ley 48. El máximo tribunal observó que la defensa no formuló una crítica concreta y razonada de los fundamentos de la sentencia condenatoria, y que varios de sus agravios se limitaron a reiterar argumentos ya rechazados por instancias inferiores.

Entre los puntos rechazados se encuentran las supuestas violaciones a los principios de imparcialidad judicial, legalidad, congruencia procesal, y derecho a la defensa. El tribunal también descartó la existencia de cosa juzgada en relación con procesos previos en la justicia provincial de Santa Cruz, por no haberse demostrado identidad de objeto ni participación de Fernández de Kirchner en esas causas.

Respecto al fondo de la condena, la Corte destacó que los jueces del tribunal oral y de casación valoraron una abundante cantidad de pruebas, incluidas pericias técnicas sobre cinco de las obras adjudicadas, a partir de las cuales se pudo inferir irregularidades generalizadas, sobreprecios, trato preferencial a las empresas de Báez y un perjuicio comprobado para el Estado Nacional.

La sentencia confirmó también que Fernández de Kirchner tuvo participación directa en el esquema de direccionamiento de la obra pública, lo que permitió beneficiar económicamente a su entorno personal y político. En este sentido, se valoraron también las relaciones comerciales entre Báez y sociedades vinculadas a la familia Kirchner, como la explotación hotelera.

Por último, la Corte desestimó que se trate de un caso de "gravedad institucional", al entender que el proceso cumplió con las garantías constitucionales y fue llevado adelante por más de 20 funcionarios judiciales de distintas instancias y orígenes, algunos de ellos incluso designados por la propia imputada durante su gestión como presidenta.

La decisión deja firme una de las condenas más relevantes en la historia judicial argentina reciente y marca un precedente en materia de responsabilidad penal de ex funcionarios de alta jerarquía.

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